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LO INSTITUCIONALEn el recuento de lo institucional y sus adecuaciones, siempre es difícil la decisión de lo que se debe incluir y del grado de detalle con el cual debe tratarse. Estando relacionados con prácticamente todos los ámbitos de operación de la banca, siempre cabe la posibilidad de pasar por alto algún aspecto importante, o bien excederse en el detalle de lo que bien pudiera omitirse. En el anuario en que incluimos esta colaboración, con frecuencia son tratados algunos de estos temas de manera especializada. Por ello, no pretendemos ser exhaustivos, sino más bien dar una idea de la naturaleza de los cambios y adecuaciones que experimentó el marco institucional, ya que bajo él se desempeñó la banca. a) Calificación de la cartera crediticia A partir del 1° de diciembre de 2004 entraron en vigor nuevas disposiciones que modernizan la forma de calificación de la cartera crediticia. Una de las principales funciones de las nuevas disposiciones es la compilación y homologación de las distintas metodologías que venían utilizándose. Una segunda característica es que define calificaciones específicas a los créditos según su tipo (al consumo, hipotecario, comercial), lo que de paso permite ajustar de mejor manera las garantías en cada caso, evitando las distorsiones que, necesariamente, genera la adopción de todo esquema de aplicación generalizada. Las medidas siguen cuatro vertientes: 1.- Admiten la posibilidad de utilizar metodologías internas desarrolladas en las propias instituciones, claro, siempre que cumplan con los requisitos que establece la CNBV. 2.- Para el crédito hipotecario establecen un mecanismo de calificación de incumplimientos basado en métodos probabilísticos y que modifica los niveles de severidad de las pérdidas, pero sin debilitar los requisitos básicos de todo crédito y sin alterar los principios o las normas prudenciales que deben prevalecer en el otorgamiento de un crédito de esta naturaleza. 3.- Para los créditos comerciales adoptan una metodología paramétrica (basada en requisitos de tipo cualitativo y sin exigentes datos financieros) para facilitar el otorgamiento de los créditos, reduciendo de paso su costo de operación. Este tipo de metodología aplicaría a créditos menores a 900,000 UDI’s al momento de ser calificados, además de que beneficiará a otros clientes especiales, como son los gobiernos estatales y municipales, organismos públicos, fideicomisos, créditos estructurados y proyectos con fuente de pago propia. 4.- En cuanto al régimen de bienes adjudicados, se adopta un nuevo método de evaluación basado en constitución trimestral de provisiones que reconozcan las potenciales pérdidas de valor que ocurren con el paso del tiempo. Eso sin duda |